¿Durante cuanto tiempo se puede disfrutar de la tarifa plana?
-Novedades Ley de reformas urgentes del trabajo autónomo
Asociación de Trabajadores Autónomos de la Comunidad Valenciana -ATA CV
Publicado el miércoles, 14 de febrero de 2018 a las 16:51
Una de las medidas más esperadas de todas las contempladas en la ley 6/2017, ha sido la ampliación de la tarifa plana de 50 euros desde los 6 hasta los 12 primeros meses de actividad. De esta forma desde el 01 de enero de 2018, las reducciones y bonificaciones de cuotas de las nuevas altas del RETA quedan de la siguiente manera:
-Del 1º al 12º mes: cuota fija de 50 euros en caso de cotizar por la base mínima o reducción del 80% en caso de cotizar por una base mayor.
-Del 13º al 18º mes: reducción del 50% de la cuota.
-Del 18º al 21º mes: reducción del 30% de la cuota.
-Del 21º al 24º mes: bonificación del 30% de la cuota.
-Del 25º al 36º mes (solo en caso de hombres menores de 30 años y mujeres menores de 35 años): Bonificación del 30% de la cuota.
FUENTE
Art. 3. Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo (BOE número 257, de 25 de octubre de 2017).