Subvenciones a la actividad emprendedora para personas físicas y jurídicas que inicien actividades en Sagunto
Podrán beneficiarse personas físicas y jurídicas que inicien actividad en el 2020
Hasta el jueves, 10 de diciembre de 2020 a las 23:59
Promoció Econòmica - Ajuntament de Sagunt
Publicado el jueves, 29 de octubre de 2020 a las 10:14
OBJETO
Subvenciones a otorgar por el Ayuntamiento de Sagunt, para favorecer la actividad empresarial a Sagunt, a las personas emprendedoras, tal y como fueron definidas por la ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
DIRIGIDO A
Tendrán la consideración de personas beneficiarias las personas físicas o jurídicas que inicien una actividad productiva en el término municipal de Sagunt desde el 1 de enero del año de la convocatoria y cumplan los requisitos exigidos a las presentes bases.
CUANTÍA
La cuantía de la ayuda a percibir por la persona beneficiaria será del 100 por 100 de los gastos de primer establecimiento y funcionamiento inicial, con un máximo de 5.000 euros respetando los conceptos subvencionables que marca la norma.
PLAZO DE SOLICITUD
El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOP (28/10/2020).
El incumplimiento del plazo establecido para la presentación de las solicitudes determinará automáticamente la exclusión de la solicitud por presentación extemporánea.
Para más información puede ponerse en contacto con el departamento de Promoción Económica del Ayuntamiento de Sagunto llamando al teléfono 96.265.58.86
CONTENIDO ADJUNTO
29/10/2020 10:14 | alvaropc23