Programa I subvención emprén
Plazo de presentación hasta el 23 de marzo de 2022
Hasta el jueves, 24 de marzo de 2022 a las 23:59
Publicado el jueves, 03 de marzo de 2022 a las 15:35
PROGRAMA I SUBVENCIÓN EMPRÉN, destinada a apoyar en los inicios de la actividad a personas que hayan emprendido en el término municipal de València (entre enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, siempre que no hayan sido ya beneficiarias del Programa Emprén 2021).
OBJETO
Acometer actuaciones inmediatas encaminadas a paliar las graves consecuencias económicas de la pandemia, estimulando y fomentando de manera inmediata la creación de actividad empresarial en el término municipal de València, por medio del establecimiento de ayudas destinadas a apoyar en los inicios de la actividad económica a aquellas personas que, hayan generado recientemente el alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
DIIRGIDO A
Los señalados en las bases de la convocatoria (punto 4) y los especificados en el anexo de este Programa I (punto 2):
1.- Que hayan comenzado su actividad empresarial y se hayan dado de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA en lo sucesivo) entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de presentación de la solicitud de subvención, siempre que no hayan sido ya beneficiarias del Programa I Emprén, de la subvención municipal para la promoción de actividades económicas en el término municipal de València 2021.
Se entenderá como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la primera actividad (la más antigua) que figure en el certificado de Situación Censal.
2.- Que el inicio de esta primera actividad genere el alta en el RETA de quien solicita. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles, otras entidades económicas sin personalidad jurídica y personas jurídicas, el alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares.
3.-Que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. En caso de no disponer de local de desarrollo de la actividad el domicilio fiscal debe estar en el término municipal de València.
4.- Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 2 meses anteriores a su fecha de alta actual.
- Al efecto de acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en esta convocatoria para ser persona beneficiaria de estas ayudas, la persona solicitante deberá efectuar una declaración responsable (incorporada en la solicitud normalizada).
CUANTÍA:
Entre 1.500 euros y 2.500 euros.
PLAZO DE SOLICITUD: Plazo de presentación de solicitudes del 4/3/22 al 23/3/22.
CONTENIDO ADJUNTO
03/03/2022 15:35 | AdmonVlc
URL oficial/canónica: https://ceeivalencia.emprenemjunts.es/?op=8&n=27244



