Bases legales subvención de ayudas autoempleo 2024
martes, 09 de abril de 2024
GASTOS SUBVENCIONABLES:
Serán subvencionables los gastos reportados durante el presente ejercicio, destinados a cuotas a la Seguridad Social del trabajador/a autónomo/a, y a gastos corrientes, correspondientes a suministros (luz, agua, gas, teléfono e internet), gastos de material de oficina, gastos de asesoría jurídica, asesoría laboral, fiscal, gestoría y gastos de arrendamiento del local donde se desarrolla la actividad subvencionada.
En el supuesto de que la actividad económica se desarrolle en el domicilio destinado a vivienda habitual, los gastos correspondientes a suministros o arrendamiento se considerarán subvencionables en el porcentaje resultante de la aplicación del artículo 30, apartado 2, regla 5.ª, de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
09/04/2024 09:46 | AdmonVlc