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Ayudas Municipales València Activa Emprén 2019

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: DEL 18/04/2019 AL 21/05/2019

Hasta el martes, 21 de mayo de 2019 a las 12:00

Valencia Activa

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Publicado el miércoles, 24 de abril de 2019 a las 11:41

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Ayudas Municipales

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Publicado el extracto de la convocatoria de las ayudas municipales València Activa Emprén 2019 en el BOP nº75 de 17 de abril de 2019.

PLAZO PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: comenzará el día 18/04/2019 y finalizará el 21/05/2019. 

OBJETO Y ÁMBITO

Estas ayudas están destinadas a financiar las altas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

PERSONAS BENEFICIARIAS

Personas físicas o jurídicas como comunidades de bienes y sociedades civiles, que lleven a cabo las actividades empresariales o profesionales que motivan la concesión de las ayudas.

REQUISITOS

- Que hayan comenzado su actividad empresarial y se hayan dado de alta en el RETA entre el 1 de julio de 2018 y la fecha de presentación de la solicitud. Se entenderá como comienzo efectivo de la actividad la fecha de alta de la primera actividad (la más antigua) que figure en el certificado de situación censal

- Que el inicio de esta primera actividad genere una nueva alta en el RETA. En caso de CB, SC y personas jurídicas, la nueva alta en el RETA debe ser de la persona administradora o de una de ellas. En ningún caso se aceptarán altas en mutualidades profesionales o similares. Se acreditará mediante la resolución de alta en el RETA.

- La fecha de efectos de alta en el RETA debe ser simultánea a la fecha de alta del Certificado de Situación Censal y no distar de dicha fecha en más de un mes. Se acreditará mediante el certificado de situación censal y el alta en el RETA.

- Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención no haya estado de alta en dicho régimen en los últimos 6 meses. Se acreditará con el informe de vida laboral.

- Que la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención esté empadronada en la ciudad de València en los tres meses previos a la fecha de alta en el RETA, empadronamiento que deberá mantenerse, como mínimo, hasta la fecha de la resolución. Se acreditará con certificado de empadronamiento.

- Que, desde el inicio de la actividad, el domicilio social, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València. Se acreditará mediante el certificado de situación censal.

- No haberse beneficiado de las ayudas València Activa Emprén en 2017 y 2018, ni de las ayudas Crea, Consolidart, Impuls Econòmic o Emplea, ni de los premios València Empren ni de las Distinciones a los proyectos participantes en el Itinerario de creación y consolidación de empresas, gestionados por el Servicio de Empleo y Emprendimiento, en los ejercicios 2017, 2018 o 2019.

- No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de València. Se acreditará con certificado de estar al corriente con la Tesorería Municipal.

- Haber justificado cualquier subvención que le haya sido concedida con anterioridad por el Ayuntamiento de València, siempre que haya finalizado el correspondiente plazo de justificación.

- No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y frente a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la fecha del pago de la ayuda, en su caso. Se acreditará con certificados emitidos por la AEAT y la TGSS.

PLAZO DE SOLICITUD

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

CUANTÍA

Se concederá una cuantía fija de 3.000 € en concepto de lanzamiento.

La cuantía fija de 3.000 € se incrementará en 500 € cuando la persona cuya alta en el RETA motive la solicitud de subvención pertenezca a uno de los siguientes colectivos:

  • - Haber permanecido inscrita como demandante de empleo durante 360 días en los 540 días (18 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de alta en el RETA. Esta situación se acreditará mediante la presentación del certificado de periodos de inscripción.
    - Hasta 30 años a la fecha del alta en el RETA
  • - A partir de 45 años a la fecha del alta en el RETA
    - Que puedan acreditar un grado de diversidad funcional de al menos el 33%
    - Mujer.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El modelo de solicitud normalizado para la obtención de las ayudas reguladas en la presente convocatoria estará disponible en la web municipal.

Este modelo estará disponible cuando se abra el plazo de presentación de solicitudes.

 

DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE PRESENTAR

En caso de personas físicas:

  • - DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica
  • - Certificado actualizado de Situación Censal que indique la fecha de alta de la actividad y el domicilio fiscal
  • - Resolución/certificación del alta en el RETA

En caso de sociedad civil y comunidad de bienes:

  • - NIF de la sociedad civil o comunidad de bienes
  • - Certificado actualizado de Situación Censal de la SC o CB que indique la fecha de alta de la actividad y el domicilio fiscal
  • - Contrato de constitución debidamente registrado en el PROP
  • - DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica, y resolución/certificación del alta en el RETA de la persona administradora cuya alta da origen a la solicitud
  • - Acreditación de los poderes de la persona administradora cuya alta da origen a la solicitud

En caso de personas jurídicas:

  • - NIF de la empresa
  • - Certificado actualizado de Situación Censal de la empresa que indique la fecha de alta de la actividad y el domicilio fiscal
  • - Escritura de constitución y los estatutos de la empresa actualizados, inscritos en el correspondiente Registro
  • - Acreditación de los poderes de la persona administradora cuya alta da origen a la solicitud
  • - DNI por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, si lo indica y resolución/certificación del alta en el RETA de la persona administradora cuya alta da origen a la solicitud

Si existe autorización expresa por parte de la persona interesada, el órgano gestor estará autorizado para obtener directamente los datos de empadronamiento, así como el informe de vida laboral y los datos de estar al corriente de las obligaciones con la AEAT, con la TGSS y con la Tesorería municipal. En caso de no autorizar a que el órgano gestor obtenga directamente esta información deberá manifestarlo en la solicitud, quedando obligada a aportar los documentos correspondientes.

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