Cerrar

Ayudas fomento de la contratación de personas desempleadas de Alfafar

Ayudas fomento de la contratación de personas desempleadas del municipio

Convocatoria abierta hasta el 30 de junio de 2022

Hasta el jueves, 30 de junio de 2022 a las 23:59

AEDL Ajuntament d'Alfafar

AEDL Ajuntament d'Alfafar

Publicado el miércoles, 11 de mayo de 2022 a las 09:43

OBJETO

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, pago y justificación de las ayudas económicas destinadas a fomentar la contratación de personas en situación de desempleo empadronadas en el municipio de Alfafar, con la finalidad de favorecer así el empleo estable y de calidad, por parte de las empresas y comercios ubicados en la Comunidad Valenciana, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

BENEFICIARIOS

Tendrán la consideración de beneficiarios/-as de las ayudas recogidas en la presente convocatoria, con carácter general, las empresas o las entidades con personalidad jurídica propia, las entidades sin ánimo de lucro, los autónomos/as o personas físicas que contraten a desempleados/as del municipio de Alfafar, durante el período comprendido entre el 01 de enero de 2020 al 30 de junio de 2021, para la prestación de servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Valenciana, sin perjuicio de que la sede central de la empresa se ubique en cualquier punto del Estado Español.

CUANTÍA DE LA AYUDA

Las contrataciones por jornada completa podrán dar derecho a las siguientes cuantías:
a) Por contrataciones indefinidas iniciales, la cuantía de la ayuda ascenderá al importe
de 1.500 euros.
b) Por conversión de contratos para la formación y aprendizaje y/o de prácticas en
indefinidos, la cuantía de la ayuda ascenderá al importe de 1.000 euros.
c) Por contrataciones temporales por un periodo mínimo de seis meses a jornada
completa, con independencia de su modalidad contractual, la cuantía de la ayuda
ascenderá al importe de 700 euros.
2. Los contratos a tiempo parcial podrán ser objeto de subvención, con reducción proporcional
de la cuantía de la ayuda, siempre que el contrato sea de, al menos, 20 horas semanales.
3. No será subvencionable la modalidad de contrato fijo-discontinuo.
4. Estas ayudas quedan limitadas a un máximo tres ayudas por cada beneficiario. 5. No se concederán más de una subvención por la contratación de una misma persona, aunque la solicitud sea efectuada por empresas o personas autónomas diferentes.

PLAZO DE INSCRIPCIÓN

Del 1 de junio al 20 de junio de 2022

DESCARGA LAS BASES:

2.907 visitas

Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte toda la funcionalidad y una mejor experiencia, obtener estadísticas de tráfico, analizar el uso de la web y mejorar nuestros servicios.
Tienes disponible aquí nuestra política de cookies.
Puedes aceptar todas nuestras cookies pulsando el botón 'ACEPTAR' o configurar aquí tus preferencias.

Estrictamente necesarias +

Estas cookies son necesarias ya que permiten que el sitio web funcione correctamente, no se pueden desactivar.

Estadísticas +

Son las cookies que utilizamos exclusivamente con fines estadísticos para poder analizar cómo los usuasrios hacen uso de la web. Recopila información anónima tal como el número de visitantes del sitio, o las páginas más populares. Activar estas cookies nos permite seguir mejorando.

Funcionales +

Estas cookies son necesarias para el intercambio y presentación de contenidos de plataformas externas como youtube o de redes sociales como facebook, twitter o linkedin.

Marketing y publicidad +

Estas se utilizan para crear perfiles de usuario y analizar la efectividad de campañas publicitarias o para rastrear al usuario en un sitio web o en varios sitios web con fines de marketing similares..

GUARDAR AJUSTESACEPTO